|BASES REGULADORAS| Ayudas INFO dirigidas a empresas innovadoras con potencial tecnológico y escalables

Organismo: Instituto de Fomento de la Región de Murcia

Tipo de procedimiento: Convocatoria

Título de la ayuda: Programa de ayuda dirigidas a empresas innovadoras con potencial tecnológico y escalables. 

Plazo solicitud: Pendiente definir en la Convocatoria

Objeto: El objeto de este programa es la concesión de subvenciones orientadas al fomento de la creación y consolidación de Empresas Innovadoras con Potencial Tecnológico y Escalables con el fin de que aporten valor añadido al tejido productivo regional a través de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico y proyectos de innovación.

Beneficiario: pequeñas empresas de la Región de Murcia inscritas de forma societaria posteriormente al 1 de enero de 2014 en el Registro Mercantil o el que corresponda.

Además, debe considerarse Empresa Innovadora con potencial tecnológico y escalable en una de las siguientes categorías:  Empresas de Base Tecnológica*, Empresas Innovadoras en Tecnología* y Empresas con Modelo de Negocio Innovador y Escalable*.

*Empresas de Base Tecnológica: basan su actividad en el dominio intensivo del conocimiento científico y tecnológico y son capaces de convertir ese conocimiento en nuevos productos, procesos o servicios que se pueden introducir en el mercado.

*Empresas Innovadoras en Tecnología: empresas que de forma sistemática son capaces de innovar, convirtiendo conocimiento e ideas en valor, mediante la materialización de ejercicios previos (propios o externos) de I+D en nuevos o mejorados productos, procesos y/o servicios, con el objetivo de aportar valor para sus clientes y beneficios para sus accionistas.

*Empresas con Modelo de Negocio innovador y escalable: empresas con modelo de negocio novedoso que les permitan establecer una clara diferenciación con respecto a sus competidores y que son capaces de generar ingresos de forma exponencial al crecimiento de su estructura de costes.

Cuantía de la subvención: Se establecerá en la convocatoria la cuantía máxima de la subvención para cada una de las categorías, en ningún caso podrá exceder de 100.000€ por beneficiario. La intensidad máxima no podrá ser superior al 70% sobre el gastos subvencionable.

Presentación de la solicitudes: Los interesados deberán dirigir su solicitud a  la Presidencia del Instituto de Fomento mediante presentación por medios electrónicos de solicitudes y documentación complementaria. La aprobación o no de dicha solicitud se efectuará por estricto orden de registro de entrada. Si el crédito presupuestario es agotado, las solicites pendientes serán denegadas.

Costes elegibles:

Los gastos subvencionables en este programa son:

  1. Los costes salariales directos de personal incluidas las cotizaciones sociales obligatorias a cargo de la empresa, siempre y cuando la creación y contratación del empleo no haya disfrutado de ningún tipo de ayuda, todo ello incrementado en un 15% correspondiente a la imputación de costes indirectos.
  2. Gastos de colaboraciones externas directamente relacionadas con la actividad principal de la empresa, hasta un máximo de 20.000 euros. Se excepcionan los gastos recurrentes u ordinarios de la empresa, tales como contabilidad, asesoría fiscal y laboral, así como aquellos necesarios para adecuación de la empresa a las normas de obligatorio cumplimiento para ejercer su actividad.
  3. Costes de estancia en centros de incubación/innovación/emprendimiento internacionales, para un periodo comprendido entre un mínimo de 3 meses y un máximo de 6 meses, comprendidos en los siguientes conceptos: A) Gastos de viaje (avión, tren y seguro de viaje hasta 30000€) Gastos de alojamiento y estancia (vistado, gastos de residencia u hotel hasta 6000€)

+Información: 968904808 / asesoramiento@ceeim.es

 

.PUBLICACIÓN BASES REGULADORAS BORM

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *